Se ofrece una fecha de entrega, en nuestro caso fue el pasado 11 de septiembre.
Con el fin de satisfacer los requerimientos, y gracias al trabajo realizado previamente y a la solicitud de becas durante el primer año, la realización del Plan de Investigación fue relativamente sencilla.
TÍTULO:
(El título tiene que orientar la investigación. Hay que tener en cuenta que este "primer" título será provisional).
PREVENCIÓN DEL ACOSO EN PERSONAS JÓVENES UNIVERSITARIAS DE MADRID DESDE EL TRABAJO SOCIAL A TRAVÉS DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS ONLINE SOCIAL-APP.
(Indicar objetivo/s general/es y específicos. Puede ser interesante además añadir el objeto de estudio y las hipótesis o preguntas de investigación).
El objetivo general de la investigación es crear nuevas dimensiones para mejorar la prevención de situaciones de acoso que se ejercen sobre las personas jóvenes de forma directa y/u online, desde la mirada del trabajo social y a través del uso de recursos tecnológicos SOCIAL-APP.
Para atender dicho objetivo general, se plantean los siguientes objetivos específicos:
OE1.- Definir y relacionar los conceptos de prevención, acoso y juventud
OE2.- Tipificar las situaciones y dimensiones del acoso vivenciadas por las personas jóvenes de forma directa y/u online.
OE3.- Identificar, reflexionar y establecer una estrategia para introducir los principios fundamentales ético-filosóficos propios del Trabajo Social compatibles con los recursos tecnológicos SOCIAL-APP.
¿Es posible establecer una relación de ayuda desde el trabajo social para prevenir el acoso a través de los recursos online?, ¿las personas que han estado institucionalizadas durante su minoría de edad tienen mayor riesgo de vivenciar o producir acoso durante la juventud?, ¿qué situaciones familiares o sociales influyen en mayor medida para vivenciar la situación de acoso?, ¿las mujeres jóvenes tienen mayor riesgo de vivenciar acoso?
El objeto de estudio son los recursos tecnológicos como medio para favorecer la prevención del acoso desde el trabajo social.
METODOLOGÍA / MUESTRA:
1.- Revisión documental y fuentes secundarias. Bibliografía específica actualizada y clásicos.
2.- Entrevistas y solicitud de información a personas expertas vinculadas a los Servicios Sociales, el Trabajo Social, la atención del acoso, las personas jóvenes y los recursos tecnológicos.
3.- Realización de encuesta con cuestionario a personas jóvenes.
Adaptación y aplicación de cuestionarios: Cuestionario de Satisfacción con el Rol (SRO, Matud, 1998) Escala de Apoyo social (AS, Matud, 1998), Hoja de recogida de datos sociodemográficos y de salud autoinformada (Matud, 2008). (Desarrollado en Matud et al 2013).
3.- Diseño de aplicación SOCIAL-APP beta en colaboración con personas desarrolladoras.
4.- Experimento de validez de aplicación SOCIAL-APP beta con grupo de control.
Muetra
1.- Personas jóvenes de entorno universitario de Madrid.
2.- Personas expertas en los ámbitos de los Servicios Sociales, el Trabajo Social, el acoso, las personas jóvenes y los recursos tecnológicos.
3.- Recursos tecnológicos disponibles.
PLANTEAMIENTO / CRONOGRAMA:
El interés por acometer la investigación surge de la carencia, motivación y necesidad implícita de dar una respuesta desde el trabajo social a la situación de acoso, la cual implica la atención de ambas partes, tratando de discernir las situaciones que llevan a que se dé el hecho y tratando de tipificar las diferentes formas de acoso vivenciadas en relación a los estudios (1) y normativa actual (2). Se pretende además visibilizar y dar respuesta a la atención de personas jóvenes mayores de edad en materia de acoso desde el ideario de los Servicios Sociales, lo que podría promover su mayor atención en el futuro en diversas materias. Además, a partir de la explotación de los recursos tecnológicos disponibles (3), se pretende crear un medio fundamentado y consistente para atender necesidades sociales derivadas de la situación de acoso, a partir de los principios que fundamentan la propia práctica del trabajo social.
El presente proyecto se enmarca dentro del Programa de Doctorado en Trabajo Social que ofrece la Universidad Complutense de Madrid. Se ajusta a la línea de investigación del Trabajo Social e intervención psicosocial desde un punto de vista preventivo, la cual se pretende acometer desde la innovación que ofrecen los recursos tecnológicos a través de la comprobación de validez interna y externa de una aplicación online SOCIAL-APP.
Con el fin de cumplir los objetivos propuestos, se definen las siguientes tareas:
T1.- Establecer un mapa conceptual sobre la prevención en general y la prevención del acoso en particular. Conocer la visión desde el Trabajo Social.
T2.- Establecer un mapa conceptual del acoso a personas jóvenes. Conocer la visión desde Trabajo Social.
T3.- Establecer un mapa conceptual de la juventud. Focalizar desde la mayoría de edad.
T4.- Establecer un mapa conceptual sobre los principios fundamentales ético-filosóficos del trabajo social.
T5.- Identificar y categorizar las ventajas e inconvenientes de las aplicaciones como recurso tecnológico.
T6.- Realización de entrevistas a personas expertas.
T7.- Diseño, aplicación y análisis de cuestionarios.
T8.- Diseño de aplicación beta.
T9.- Realización de experimento.
T10.- Supervisión y evaluación de diagnóstico, proceso y de resultados.
Cronograma 2014-2019:
T1, T2, T3, T4, T5: cursos 14/15 - 15/16
T6: cursos 14/15 - 15/16 - a6/17
T7: curso 16/17
T8: cursos 16/17 - 17/18
T9: curso 17/18
T10: cursos 14/15 - 15/16 - 16/17 - 17/18 - 18/19
MEDIOS:
(Indicar los medios / recursos necesarios que se prevean para la realización de la tesis).
- Biblioteca UCM
- Sala de informática UCM
- Curso iniciación desarrollo de APP
- Curso intermedio desarrollo de APP
- Contacto con personas / empresas desarrolladoras de APP (presupuesto incierto)
- Curso sobre experimentos. Diseño, categorización, desarrollo y evaluación.
- Material fungible y de oficina...
- Estancia científica Holanda y/o Bélgica.
(Espacio que puede servir para la fundamentación, a modo de resumen de lo que se lleva leído hasta el momento, o para desarrollar las hipótesis si no se ha hecho anteriormente...)
Hoy en día no es discutible que la era de la información (Castells, 2001) es un hecho cada vez más evidente en las sociedades tecnológicamente avanzadas. Los límites de acceso a la información en las ciudades se encuentran más bien en la motivación interna y en los apoyos externos, frente a los propios recursos disponibles, lo que implícitamente conlleva una democratización del conocimiento, a la par que una corresponsabilidad participativa. Una era en la que tal como afirma Feixa (p.117, 2014), por primera vez se da la “cultura prefigurativa” como aquella situación que supone a la juventud como orientadores de las personas adultas en términos tecnológicos. Las personas jóvenes han nacido con el habitus (Bourdieu, 1995) tecnológico incorporado, sin embargo, nuevas situaciones de desprotección y vulnerabilidad surgen con cada avance técnico, al igual que nuevas posibilidades y oportunidades.
Aunque el acceso al conocimiento se podría afirmar es sencillo y cómodo a través de la sociedad red (Castells, 2006), y somos cada vez más productores y consumidores de información (Saavedra, 2007); antiguas formas de control y abuso de poder o como expresión de la violencia de género, a través del acoso, han encontrado en los recursos tecnológicos una nueva forma de expresión, complementaria a la de carácter directo. Estas expresiones de tipología variada, conllevan la vulneración de derechos de carácter personal y a su vez pone de manifiesto una necesidad de atención y una o más carencias de las personas, que tanto cometen y reproducen el hecho, como de las que lo reciben; desde el punto de vista de la información disponible, de las habilidades psicosociales, etc. La teoría ecosistémica (Bronfen-brenner, 1979) sostiene que las personas y su situación manifestada mediante los problemas, la necesidad de atención o las carencias, deben entenderse dentro del contexto personal, familiar, social y global conceptualizado a través de los diferentes sistemas, los cuales facilitan el entendimiento de la relación establecida entre ambas partes.
Partiendo de esta base, el riesgo en las personas jóvenes se incrementa debido a que gran parte de la juventud de las sociedades globalizadas se comporta como un “reloj digital, donde la virtualidad influye en la configuración de la realidad” (Feixa, p.111, 2014). Además, la conceptualización de la juventud no es clara; se habla de proceso vital desde un enfoque lineal y evolutivo (Benedicto, 2008), se defiende desde la necesidad de asegurar la ciudadanía plena (de la Fuente y Martín, 2012), así como se entiende la juventud como una construcción social (Segado y Acebes, 2012), lo que dificulta tanto a servicios públicos como privados o del tercer sector, definir líneas claras y concisas de interacción con la juventud. Se parte de la premisa que en cualquier caso, personas menores, jóvenes, adultas o mayores, no disponen del conocimiento global ni experiencia suficiente para prevenir verse envuelto en una situación de acoso, por lo que se hace necesario conocer, tipificar, analizar y dar respuestas para promover dicha prevención mientras se ofrece el debido apoyo a ambas partes involucradas.
A pesar de disponer de un marco normativo amplio europeo en materia de acoso sobretodo en el ámbito laboral (2), así como numerosos protocolos de actuación en diferentes contextos (escolar / universitario / laboral). En la práctica totalidad de los casos: por un lado existe un mayor desarrollo de lo que supone la falta o el delito, y está explícito el procedimiento de atención a la persona que es víctima en cuanto a los posibles riesgos psicosociales o a la seguridad laboral. Por otro lado existe una carencia en la profundización de los ámbitos de la prevención del hecho y del entendimiento de las causas que han llevado a la situación tanto a una persona como a otra.
En este sentido, a falta de una Ley Nacional de Servicios Sociales, desde las Comunidades Autónomas, y en concreto desde la Comunidad de Madrid, existe el marco normativo que permite el desarrollo en materia de atención al acoso desde el Trabajo Social a través del artículo 31 de la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, donde se expresa que son funciones de la Atención Primaria (BOCM, 2003) entre otras,:
“la detección y el análisis de necesidades y demandas, explícitas e implícitas, en su ámbito de intervención. El diagnóstico y la valoración técnica de situaciones, necesidades o problemas individuales o colectivos, así como la identificación y la captación de poblaciones en riesgo para el desarrollo de campañas y acciones de carácter preventivo”.
Prestando atención a los recursos tecnológicos y a la oportunidad de explotación de los mismos como medio para alcanzar objetivos propios de las disciplinas, existe un debate profesional en España que relaciona la disciplina del trabajo social con el uso y aceptación de los recursos tecnológicos para establecer relación con las personas (Corchado, Barahona y Alonso, 2013; Fernández-Pacheco y Arriazu, 2014; Santás, 2013) existiendo posiciones cerradas a la innovación pues se considera que la relación personal queda limitada y la información no verbal se pierde; y existiendo posiciones abiertas a la innovación en cuanto que la tecnología puede ser una herramienta complementaria para el establecimiento de la relación de ayuda en función de los diferentes contextos de trabajo propios del trabajo social. Teniendo en cuenta que es un tema ya superado en países como Holanda y Bélgica (Parker-Oliver y Demiris, 2005; Bocklandt et al, 2013) respectivamente, entre otros, a través del desarrollo público/privado de estrategias de atención online frente al acoso en el segundo caso, el posicionamiento de quien suscribe es que la disciplina requiere modernizarse en España para atender la diversidad y complejidad que configura la realidad social hoy en día.
En otro orden de interés, diversos estudios afirman que la atención de la población joven mayor de edad es limitada o incluso ausente desde los Servicios Sociales de base (Arias y Sánchez, 2012; Aliena, Fombuena y García, 2012), la cual no se ha podido desmentir al no haber encontrado ni tenido acceso hasta el momento de datos estadísticos de atención a dicha población. Se plantea la explicación que con la llegada a la mayoría de edad, las competencias propias de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas con relación a la protección de personas menores de edad dejan de ser efectivas. Teniendo en cuenta la perspectiva de género, tanto Acevedo (2012) como Matud et al (2013) afirman que el acoso sexual se da en mayor medida en el sexo mujer.
(2) Marco normativo europeo:
1.- Declaración Universal de Derechos Humanos. Art. 1, 3, 5 y 12.
2.- Directiva comunitaria 89/391/CEE.
3.- Directiva 76/207/CEE.
4.- Directiva 2002/73/CEE.
5.- Directiva 2004/113/CEE.
6.- Directiva marco 89/391
Y marco normativo nacional:
1.- Constitución española de 1978: Art. 10. 2, y 14-29 CE.
2.- Art. 1101 y 1902 del Código Civil (CC)
3.- Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos vinculados a ella. BOE 189 (2011).
(3) Santás, J.I. (2013). Feixa, C. (2014). Fernández-Pacheco, J. L. y Arriazu, R.; (2014).